Mi residencia permanente ILR BRP ha caducado, ¿cómo puedo cambiarla por eVisa?
La guía BRP de UKVI establece: "Todos los BRP han caducado y han sido sustituidos por visados electrónicos", es decir, todos los BRP han caducado y han sido reemplazados por eVisa.
Si en la tarjeta figura la residencia permanente, al ver la fecha de vencimiento, es natural preocuparse de que haya surgido algún problema con su estatus. En el caso que se aborda en este artículo, la residencia permanente en sí sigue siendo válida; lo que se debe realizar es obtener acceso al comprobante electrónico. La guía del Gobierno británico sobre los derechos de residencia permanente advierte claramente que el acceso a eVisa no se configurará de forma automática. Por lo tanto, guardar la tarjeta en un cajón o haber recibido anteriormente la carta de aprobación de la residencia permanente no sustituye este trámite; por su parte, quienes ya puedan consultar su identidad electrónica deben verificar que los registros sean correctos. Asimismo, existen límites a esta aplicabilidad: si se trata de una ausencia prolongada o si el estatus ha sido cancelado, se requiere una verificación adicional; la apertura de una cuenta no puede restablecer un permiso ya revocado.
Considero que las personas con residencia permanente vencida BRP deberían seguir directamente el proceso de vinculación de cuentas, sin necesidad de presentar una solicitud NTL adicional para la "reconfirmación de la residencia permanente".
Si también cuenta con residencia permanente, en la entrada consulte el documento que lleva en la mano.
La página del Gobierno del Reino Unido sobre la "Obtención del eVisa para personas asentadas" divide claramente las vías de acceso: las personas con un BRP caducado obtienen el acceso a su identidad electrónica a través de una cuenta de UKVI; mientras que aquellas que solo disponen de pruebas tradicionales, como sellos o adhesivos de residencia permanente en pasaportes antiguos, suelen solicitar el eVisa a través del procedimiento de No Time Limit (NTL, confirmación de estatus sin límite de tiempo). La página indica expresamente que las personas que ya poseen otras pruebas de estatus de asentado, como un BRP caducado, no deben presentar una solicitud NTL. A la hora de elegir la vía de acceso, el tipo de prueba que se tenga en mano resulta más útil que la pregunta más general de "¿tengo o no residencia permanente?".
La indicación "No time limit" en la tarjeta significa que el estatus no tiene límite de permanencia, pero no implica que el titular deba tramitar una solicitud de NTL del mismo nombre.
Esta diferencia tiene consecuencias prácticas. En la 24.ª edición de la guía actual Home Office "Documentos de viaje: sin límite de tiempo", en la sección "Identidad digital", se establece que si una persona que ya posee eVisa presenta una solicitud NTL, esta será considerada inválida. El NTL se utiliza para confirmar un estatus existente y no constituye una nueva concesión de residencia permanente. Revisaré este punto antes de rellenar el formulario, ya que el hecho de encontrar la página "Obtención de un visado electrónico para personas con estatus de asentado" no significa que todos los botones de solicitud sean adecuados para quienes poseen BRP; solo después de identificar la vía correcta es necesario preparar la documentación correspondiente.
La apertura y el acceso a la cuenta ordinaria eVisa son gratuitos. Solo para completar esta conversión, no es necesario abonar una nueva tasa de solicitud de residencia permanente.
Aquellos que efectivamente solo cuenten con el antiguo certificado en papel pueden preparar, según las instrucciones del NTL, el pasaporte o documento de viaje utilizado en su última entrada, así como el certificado de asentamiento actual. La solicitud de NTL en sí es gratuita, pero es necesario presentar los documentos de respaldo y proporcionar los datos biométricos según se indique; el tiempo de procesamiento publicado oficialmente puede ser de hasta seis meses. Se trata de otro procedimiento de confirmación, por lo que no se puede aplicar su lista de documentos ni su tiempo de espera a la vinculación de la cuenta ordinaria BRP. Los lectores que posean el BRP deberán centrarse a continuación en vincular su cuenta con sus registros.
La cuenta ya está creada, solo falta vincularla.
Antes de comenzar, tenga a mano su pasaporte vigente, el número BRP, el número de solicitud original y un medio de contacto operativo; por lo general, esto reducirá el número de interrupciones.
La página de creación de cuenta de UKVI enumera las siguientes combinaciones de documentos: un pasaporte válido más el número de solicitud de visa, o un pasaporte válido más el número BRP. El número de solicitud puede aparecer como UAN o GWF, y puede verificarse en los registros de la solicitud original. El número de teléfono móvil y la dirección de correo electrónico se utilizarán para futuros inicios de sesión, por lo que se recomienda elegir aquellos que pueda utilizar de forma continua. Las combinaciones que se enumeran aquí son opcionales; no es necesario reunir nuevamente todas las nóminas, extractos bancarios y documentos de residencia de la solicitud de residencia permanente de aquel año solo para abrir la cuenta; si la pantalla presenta otros requisitos de verificación, proporcione la información según las indicaciones. Al preparar los documentos, puede anotar los números por separado y conservar las cartas de aprobación correspondientes; verifique el dato que se le solicite en la página para evitar introducir por error el número de pasaporte en el campo del número de solicitud.
Las personas que hayan tramitado previamente una identidad electrónica pueden intentar iniciar sesión para verificarlo; asimismo, haber recibido un correo electrónico de confirmación de cuenta de UKVI también es un indicio de que ya se dispone de una cuenta.
Las personas que no tengan una cuenta deben acceder al servicio del gobierno del Reino Unido "Set up a UKVI account to access your eVisa", crear una cuenta siguiendo las instrucciones de la página y, a continuación, completar la verificación de identidad y vincularla a eVisa. Las instrucciones para abrir la cuenta detallan estas acciones como pasos independientes: recibir únicamente el mensaje de registro exitoso no significa que ya se pueda consultar el estado de identidad. El progreso del trámite puede registrarse con las etiquetas "Cuenta creada", "Identidad verificada" y "Registro vinculado", asignando cada una al resultado correspondiente en la página; así, incluso si se interrumpe el proceso, se sabrá exactamente en qué paso se debe continuar.
Si no dispone de un teléfono inteligente o no puede realizar la verificación por teléfono, también existen otros métodos de verificación de identidad; puede solicitar asistencia en la página oficial.
Al asistir a los familiares en el trámite, la cuenta debe corresponder siempre al propio familiar. UKVI permite que los padres o las personas con los debidos poderes de representación gestionen las cuentas de otros y accedan utilizando los datos de contacto del representante; por lo general, cuando los solicitantes adultos gestionan su propia cuenta, deben conservar sus propios datos de contacto. Durante el proceso de cumplimentación del formulario, distinguir entre "de quién es el registro de identidad" y "quién está realizando la gestión en nombre de otro" ayudará a evitar problemas posteriores para localizar el código de verificación. Las cuentas de los hijos también son independientes; no se debe considerar que toda la familia ha completado el trámite simplemente porque los padres ya hayan realizado la vinculación.
Si no localiza su tarjeta anterior, no es necesario suspender el plan de conversión; la declaración de pérdida y el acceso a la identidad electrónica pueden gestionarse por separado.
Las "Instrucciones BRP" del UKVI exigen que, incluso si la tarjeta ha caducado, su pérdida o robo debe ser notificado. Si se encuentra la tarjeta original después de haber realizado la notificación, tampoco se podrá seguir utilizando. En cuanto a la configuración de la cuenta, se puede comprobar primero si se ha guardado el número de solicitud original o el número BRP, y proceder según la combinación de pasaporte y número permitida oficialmente; para quienes no dispongan de un pasaporte válido ni de una tarjeta caducada para su verificación, las instrucciones de apertura de cuenta siguen ofreciendo otros métodos de verificación de identidad. Al solicitar ayuda al UKVI, se debe especificar con precisión si se trata de la pérdida de la tarjeta, de la falta de documentación o de la imposibilidad de acceder a una cuenta existente, ya que esto determinará los pasos adicionales que deberán realizarse posteriormente.
No se visualizan los registros, procesar según la posición en la que se ha atascado.
Una vez completada la vinculación, normalmente se puede consultar de inmediato, aunque los avisos oficiales indican que podría tardar hasta 24 horas; este plazo se computa a partir de la finalización de la vinculación.
La página "Informar del error eVisa" del Gobierno del Reino Unido indica los siguientes pasos: si después de 24 horas de completar la configuración aún no se ven los registros, o si se produce un error técnico al iniciar sesión, se puede informar del error. Si el problema es que el número de teléfono anterior ha sido desactivado o no se puede acceder al correo electrónico anterior, se debe utilizar el portal de recuperación de la cuenta. La información requerida para ambos casos es diferente; antes de informar del error, se recomienda anotar las indicaciones de la página, los pasos completados y el número de solicitud que se tenga a mano, para facilitar la explicación de en qué paso se ha atascado; simplemente actualizar la página de forma repetida no suele servir para completar los pasos relacionados pendientes.
Una vez que pueda acceder a su cuenta, también deberá ver su página de identidad personal y verificar su nombre, fecha de nacimiento, fotografía e información de identidad de residencia.
Si se detecta un error en el registro, puede notificarse a través del servicio oficial de informes de errores, conservando la información de acuse de recibo. Este servicio también atiende los casos en los que "se puede ver el registro, pero no se puede generar un código para compartir". El objetivo de UKVI es resolver la mayoría de los problemas en un plazo de 5 días hábiles; los casos complejos pueden requerir hasta 15 días hábiles, y algunas situaciones particulares podrían tardar más; esto no constituye una fecha de finalización garantizada. Si se tienen compromisos laborales o personales con plazos de tramitación claros, se puede informar de dichos plazos al personal de soporte; durante el periodo de espera, conviene conservar la carta de aprobación existente y los registros de tramitación. Para determinar si la conversión se ha completado, el criterio a seguir es la posibilidad de acceder al registro correcto.
[Fuentes de datos] Esta verificación se basa en: los capítulos de apertura de cuenta, asentamiento y notificación de errores de la "Guía de acceso y uso eVisa" del Gobierno británico; las "Instrucciones BRP" de UKVI; y la 24.ª edición de las directrices de revisión de casos "No time limit" de Home Office. Este texto es únicamente para fines informativos; para asuntos específicos, consulte a un abogado colegiado.
La página del Gobierno del Reino Unido "Obtención de eVisa para personas asentadas" indica: "Obtener un eVisa no cambiará su estatus migratorio". Obtener un visado electrónico no modificará su estatus migratorio.
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